¿Cómo se aplica el criterio de oportunidad en contra de empresarios por delitos fiscales?

¿Cómo se aplica el criterio de oportunidad en contra de empresarios por delitos fiscales?

En el tema de hoy, te explicaremos qué es el criterio de oportunidad y como se aplica en relación a aquellos empresarios que cometen algún delito fiscal, asimismo te daremos un ejemplo para que la comprensión de dicho tema sea más entendible. 

Aplicación del criterio de oportunidades en contra de contribuyentes directos o empresarios.

  • Las formas más comunes que tienen las autoridades ministeriales para efectos de poder hacer investigaciones en contra de empresarios o contribuyentes que hayan cometido algún delito fiscal, son las siguientes:
    • Investigaciones en contra del testaferro o prestanombres para efectos de posteriormente atribuirle un delito fiscal y ofrecerle un criterio de oportunidad para que declare en contra del beneficiario fiscal

Se hablará sobre la aplicación del criterio de oportunidades en contra de  contribuyentes directos o empresarios y hemos hablado durante todo este taller pero ahora vamos a contexto necesario tocar un poco más para qué están las ideas.

¿Bajo qué escenarios puede aplicarse un criterio de oportunidad en contra de contribuyentes directos ?

Las normas comunes que tienen las autoridades ministeriales para efectos de poder hacer investigaciones en contra de empresarios o contribuyentes que hayan cometido algún delito fiscal son los siguientes 

  • Investigaciones en contra del testaferro o prestanombres para efectos de posteriormente atribuirle un delito fiscal y ofrecerle un criterio de oportunidad para que declare en contra del beneficiario fiscal
    • Veamos hay que ser claros: los empresarios regularmente utilizan esquemas complejos, muchas de las ocasiones, previamente aforados por algún abogado oficialista para efectos de que no aparezcan en ningún documento oficial ni en actas constitutivas, etc. o distintas empresas, para efectos de evadir los pagos de las contribuciones y de los impuestos, pero pues siquiera ahora sí que reflejadas en los nombres de otros prestanombres, ellos si aparecen como dueños de las empresas, entonces hay quienes se les imputa el delito fiscal, se lleva ante la autoridad ministerial y posteriormente ante la autoridad jurisdiccional, después del control penal y ya que éste presta nombre se encuentra imputado y si es parte de la política o la estrategia criminal, le dirá lo siguiente: ¨sabemos que tú no eres el dueño de la empresa tal o no eres la persona que estamos buscando, pero te ocupamos, te vamos a aplicar un criterio de oportunidad,si nos dices quién es el dueño de la empresa tal, porque lo queremos investigar él, nos preocupa como parte de nuestra política, que él pague los impuestos, entonces no nos interesa que tu piso en la cárcel y se consiga una condena en tu contra, queremos ser en contra de él, tenemos líneas de investigación que nos dicen que eres el mero bueno, pero ocupamos tu declaración.

 Bien este es el escenario en donde, probablemente la persona dirá que claro que si y si ya está acusado y estás en prisión preventiva, por supuesto que vas a acceder a acusar a la otra persona.

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Caso práctico

La empresa ¨x¨ representada por el suscrito, por lo relacionado al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero del 2020 al 31 de diciembre del 2020, omitió el pago del impuesto sobre la renta, en calidad total de $11,784.00 pesos moneda nacional

IMPUTADO DIRECTO (el imputado): Administrados de la empresa (testaferro)

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BENEFICIARIO FINAL: Propietario de la empresa

Les comento el ejemplo puse esta fecha, debido a que entró en  entró en vigor la reforma de materia fiscal, entonces ya se consideran los delitos fiscales, en ciertos supuestos de prisión preventiva oficiosa, se pudiera decir que aquí en este ejemplo, el presta nombre se encuentre en prisión, va a ser mucho más viable que pueda negociar un criterio de oportunidad.

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