¿Puedo llegar a un acuerdo si me imputan el delito de peligro de contagio? (por coronavirus)

PELIGRO DE CONTAGIO DE SALUD

Si el ministerio público te está acusando por el delito de peligro de contagio, surge la incógnita, ¿Existe la posibilidad de llegar a un acuerdo para evitar la cárcel?

La respuesta es que si, por alguna de estas dos figuras procesales que prevé nuestro procedimiento penal, pero hay que cumplir en cada uno de los casos con algunos supuestos conocerlos a detalle.

Síguenos en nuestra página de youtube en donde podrás encontrar videos explicativos sobre todo tipo de problemas penales: https://www.youtube.com/channel/UCF1RLZ7mGp43Z7tZJzB1HLg

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

Delito – Peligro de contagio de salud

Acuerdo reparatorio:

¿Procede? Si (solo en el caso señalado aquí abajo)

Visita nuestra tienda

Uno de nuestros productos puede ayudarte

Requisitos de procedencia:

  1. Toda vez que es un delito que se persigue por querella únicamente cuando es entre cónyuges o concubinos.

Momento procesal en el que se puede promover:

  1. Desde la presentación de la denuncia ante el Ministerio Público.
  2. Hasta antes de la apertura a Juicio Oral.

Opinión personal:

En este caso lo más natural es que dentro del acuerdo reparatorio se establezca alguna petición especial por parte de la víctima.

Suspensión condicional del proceso:

¿Procede? Si 

Requisitos de procedencia:

  1. Que el auto de vinculación a proceso se haya dictado por una falta cuyo promedio de pena de prisión no exceda de 5 años.
  2. Que no exista resistencia de la víctima u ofendido.
  3. Que hayan pasado dos años desde el cumplimiento o cinco años desde el incumplimiento, de una suspensión condicional anterior, en su caso.

Momento procesal en el que se puede promover:

Una vez que se dicte investigación complementaria hasta un momento antes de la apertura a juicio oral, ya que uno de los requisitos de procedencia es que se haya dictado un auto de vinculación a proceso.

Opinión personal:

Al ser un delito que también afecta a la salud pública, este acuerdo pudiera consistir en que se paguen los gastos médicos a la víctima para efectos de curarse del virus, y que el acusado se obligue a someterse a un tratamiento médico y las condiciones que establezca el médico para que este último se cure de la enfermedad.

Sí requieres de ayuda personalizada contáctanos: www.justiciatransparente.com.mx

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Tu empresa necesita consultoría penal ?

Te podemos ayudar con :