¿Qué pasa si doy un domicilio falso en un proceso penal? Considera estos 4 puntos.

¿Qué pasa si doy un domicilio falso en un proceso penal? Considera estos 4 puntos.

¿Qué pasa si doy un domicilio falso en un proceso penal? Considera estos 4 puntos.

En el blog del dia de hoy te hablaremos sobre un error muy común dentro de un proceso penal, este caso solo se refiere a los imputados, ya que para ellos puede tener mayor afectación, 

Este es uno de los mayores errores y más grave, ya que puedes caer en prisión preventiva si proporcionas un domicilio falso a las autoridades, ya sea juez o ministerio público, en donde puedan notificarte.

1. ¿Por qué puedo estar en prisión preventiva si doy un domicilio falso?

El hecho de dar un domicilio falso es grave porque significa que las autoridades no tendrían en donde encontrarte, es decir, no sabían a donde enviar citaciones, notificaciones, etc., por lo tanto sería difícil dar con tu paradero, es por este motivo que puedes llegar a prisión preventiva.

¿Crees que puedes tener una orden de aprehensión en tu contra? ¿Fui denunciado por un delito? ¿Qué hacer si me llego un citatorio del fiscal o del ministerio público? ¿Qué hacer si está detenido tu familiar o ser querido?

Si estas en una de estas situaciones podemos ayudarte.

2. ¿Cuál es el fundamento legal en el que encuadra esta situación?

El fundamento lo encontramos establecido en el artículo 168, fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales, lo cual estableció lo siguiente:

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Artículo 168. Peligro de sustracción del imputado. 

Para decidir si está garantizada o no la comparecencia del imputado en el proceso, el Juez de control tomará en cuenta, especialmente, las siguientes circunstancias: 

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I. El arraigo que tenga en el lugar donde deba ser juzgado determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia y las facilidades para abandonar el lugar o permanecer oculto. La falsedad sobre el domicilio del imputado constituye presunción de riesgo de fuga.

3. ¿Por qué cometer esto es merecedor de prisión?

La respuesta es muy sencilla, esto se debe a que al no existir otra manera de localizarte, la autoridad acude a tomar esta decisión, considerada como la medida cautelar más delicada, al ser la última en la lista del artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, de otra manera no tendrían forma de hacerte llegar los documentos necesario, lo que significa que el proceso penal no seguir su curso de la mejor manera.

4. ¿Que puedo hacer si ya cometí el error de dar un domicilio falso?

En estos casos, lo mejor es acudir acompañado de tu abogado penal para que te oriente y explique que puedes hacer, es decir que es lo más conveniente para ti, aunado a esto debes de tener en cuenta la importancia de ir a proporcionar tu verdadero domicilio antes de que te afecte.

¿Qué pasa si doy un domicilio falso en donde pueden notificarme?

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

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