5 cosas que no sabías sobre adquirir facturas falsas que pueden llevarte a prisión

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Facturas falsas? Artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación y el riesgo real de perder tu libertad

El delito se encuentra previsto en el Código Fiscal de la Federación, artículo 113 Bis.

Sanciona a quien:

  • Expida
  • Enajene
  • Adquiera
  • Compre
  • O participe en la emisión de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o simuladas

Muchos empresarios creen que el problema es “usar” la factura.

La realidad es más delicada.

¿Acusaron a un familiar de un delito en México? ¿Necesitas saber si es un delito ingresar armas a México? ¿Necesitas saber si es un delito ingresar marihuana a México? ¿El fiscal te acusa de haber cometido un delito que no cometiste? ¿Tu ser querido lleva años en la cárcel en México?

Si estás en una de estas situaciones, contrata una consulta en línea.

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1. No necesitas deducirla para tener riesgo penal

Uno de los mayores errores:

“La compré, pero no la metí en contabilidad.”

El tipo penal sanciona la adquisición.

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Si la autoridad acredita que la compraste con conocimiento de su naturaleza simulada, el análisis penal puede configurarse aun sin deducción efectiva.

Desde la óptica penal, la conducta no se limita al efecto fiscal.

2. Desde 2025 puedes enfrentar prisión preventiva

A partir del 1 de enero de 2025, en los supuestos aplicables, este delito puede implicar prisión preventiva oficiosa.

Eso significa que el proceso penal podría enfrentarse privado de la libertad.

No estamos hablando de multas.

Estamos hablando de cárcel mientras se desarrolla el juicio.

3. El SAT usa Inteligencia Artificial para detectarte

El SAT ya no opera únicamente con auditorías tradicionales.

Utiliza:

  • Big Data
  • Modelos predictivos
  • Cruces masivos de CFDI
  • Análisis de redes empresariales
  • Algoritmos de comportamiento atípico

Todo esto impacta directamente los procedimientos del artículo 69-B del mismo Código Fiscal de la Federación.

La autoridad construye mapas digitales que vinculan:

  • Proveedores
  • Clientes
  • Accionistas
  • Transferencias bancarias
  • Representantes legales

No revisan una factura aislada.

Revisan la red completa.

4. No necesitas estar auditado para que la FGR investigue

Muchos empresarios creen que el riesgo penal empieza cuando hay visita domiciliaria.

Incorrecto.

La Fiscalía puede iniciar carpeta de investigación con información proporcionada por el SAT aun cuando:

  • No exista crédito fiscal determinado.
  • No haya auditoría formal.
  • No hayas recibido carta invitación.

Cuando te notifican, el análisis digital puede llevar meses activo.

5. El riesgo puede escalar a lavado de dinero

En ciertos escenarios, si existen montos elevados o esquemas complejos, la autoridad puede analizar también el artículo 400 Bis del Código Penal Federal (lavado de dinero).

Eso cambia radicalmente el panorama procesal.

La combinación de delitos fiscales y operaciones con recursos de procedencia ilícita aumenta el riesgo penal y procesal.

El patrón típico del empresario que termina en investigación

  1. Compra CFDI.
  2. El proveedor aparece en lista 69-B.
  3. Intenta “corregir” contablemente.
  4. Ignora el riesgo penal.
  5. Recibe citatorio o enfrenta orden judicial.

En 2025 hacia adelante, el margen de reacción es menor.

La única defensa real es estratégica y anticipada

El error más común es separar:

  • Defensa contable
  • Defensa fiscal
  • Defensa penal

Cuando se trata del artículo 113 Bis, la estrategia debe ser integral.

En Justicia Transparente, trabajamos coordinadamente con Stratance x Pérez Cota para ofrecer:

Análisis penal técnico del tipo del 113 Bis
Evaluación estructural fiscal del riesgo
Estrategia preventiva antes de querella
Blindaje procesal integral

El empresario no necesita solo un contador.
Necesita una estrategia que proteja su libertad.

Adquirir facturas falsas no es una “irregularidad administrativa”.

Puede convertirse en:

  • Investigación penal
  • Prisión preventiva
  • Riesgo patrimonial
  • Daño reputacional irreversible

El artículo 113 Bis dejó de ser un tema técnico.

Es un tema de libertad personal.

Código nacional de procedimientos penales explicado para no penalistas.

¿Enfrentando Cargos en México?.

Germán Jalil Terríquez Córdova

Conocido como el “Licenciado Transparente”,  fundó Justicia Transparente, convirtiéndola en una firma de referencia nacional por sus resultados y liderazgo. Autor de cuatro libros demostrando que en esta materia la experiencia y la estrategia marcan la diferencia.

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